El Tribunal confirma la obligación del MSP de financiar la cirugía de un joven trabajador de la zona.
Confirmación de la Condena al Ministerio de Salud Pública por Intervención Quirúrgica
El Tribunal de Apelaciones en lo Civil de 5º turno ratificó el pasado miércoles 5 de febrero el fallo en primera instancia dictado por la jueza de feria de Maldonado, doctora Silvana Karina García Noroya.Esta decisión, tomada en enero de 2025, obliga al Ministerio de Salud Pública a financiar la intervención quirúrgica que un joven trabajador de la zona necesita para recuperar la movilidad de uno de sus brazos, afectado por un accidente de tránsito ocurrido años atrás.
El abogado Gonzalo Peloche destacó la importancia de esta resolución, que se alinea con la sentencia inicial de la jueza García Noroya.
Esta condena establece que el Ministerio debe costear la cirugía de reconstrucción microvascular, que incluye la transferencia muscular de músculo gracilis junto con la posterior rehabilitación necesaria.
Detalles del Caso
La acción fue presentada por un hombre de 28 años, quien interpuso una demanda de amparo contra el Estado, específicamente contra el Ministerio de Salud Pública y el Fondo Nacional de Recursos.En noviembre de 2021, el joven sufrió un siniestro de tránsito en moto, lo que le ocasionó una plejia muscular y una lesión nerviosa panplexal en su miembro superior izquierdo, resultando en la pérdida de funcionalidad de dicha extremidad.
El 2 de abril de 2022, se le realizó una transferencia de nervios intercostales al nervio musculocutáneo, a cargo del Dr.
Guzmán Ripoll.
A pesar de la intervención, el paciente ha experimentado limitaciones significativas.
"La operación a la que fui sometido ha provocado una restricción en la flexión de mi codo, lo que afecta no solo mi capacidad física, sino también mi bienestar emocional", expresó el afectado, quien hasta el momento del accidente trabajaba en el sector del transporte.
Su médico tratante ha señalado que la única alternativa viable para recuperar la función de su codo es realizar la cirugía de "reconstrucción microvascular".
Sin embargo, esta intervención no está cubierta por su prestador de salud, el Sanatorio Mautone, debido a que no forma parte del PIAS.
Además, dada su situación económica, le resulta imposible asumir los costos tanto de la cirugía como de la rehabilitación posterior.
Informe Pericial
Un informe pericial elaborado por la Dra.Rosana Manikowski detalla la severidad de las lesiones sufridas por el joven.
Se estableció que el reclamante presenta una lesión traumática completa del plexo braquial izquierdo, con signos de plejia en su brazo izquierdo.
Este plexo se encarga de la inervación del miembro superior, y la documentación muestra que la lesión fue causada por un desgarro de las raíces nerviosas.
A pesar de la anterior cirugía de reinervación, el paciente no ha logrado recuperar la funcionalidad necesaria, lo que hace imperativa la nueva intervención quirúrgica.
Según la bibliografía consultada, la técnica de injerto de músculo gracilis, que se empleará en este caso, tiene cerca de 30 años de uso y es indicada en situaciones donde los procedimientos de reinervación han tenido escaso éxito.
Este injerto permitirá al joven recuperar fuerza muscular y amplitud de movimiento, minimizando las complicaciones en el miembro inferior donante.
El tribunal, tras analizar todos los aspectos del caso, reafirmó el fallo de primera instancia, asegurando así el acceso del joven a la atención médica necesaria para su rehabilitación.
Fuente: Correo Punta del Este