Claves esenciales para entender los juicios laborales en Uruguay

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Claves esenciales para entender los juicios laborales en Uruguay

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Aspectos fundamentales para comprender los juicios laborales en Uruguay

Reinicio de Actividad Judicial en Uruguay

Reinicio de la Actividad Judicial en Uruguay tras la Feria Judicial Mayor

Fecha: 14 de septiembre de 2023

Aspectos Relevantes sobre los Juicios Laborales

Luego de la finalización de la Feria Judicial Mayor, se ha reanudado la actividad judicial en todo el país.
En este contexto, abordaremos algunos aspectos importantes relativos a los juicios laborales, regulados por la Ley N°18.572 del 13 de septiembre de 2009 y modificada por la Ley N°18.847 del 25 de noviembre de 2011.

1. Principios Rectores

Los procesos laborales deben ajustarse a principios fundamentales como la oralidad, la celeridad, la gratuidad, la inmediación, la concentración, la publicidad, la buena fe y la efectividad en la tutela de los derechos sustanciales.

2. Objetivo de la Ley

Conforme a lo expuesto por la Prof.
Rosina Rossi en la exposición de motivos de la Ley N°18.572, se plantea la necesidad de un nuevo proceso laboral: “un proceso verdaderamente autónomo, especial y rápido”.
Uruguay se destaca por ser uno de los pocos países en América Latina que carece de un proceso laboral autónomo.
La creación de un proceso diferencial responde a la especificidad de los conflictos laborales, que requieren un enfoque especializado por su autonomía científica dentro del Derecho laboral.

3. Conciliación Previa

Previo al inicio de un juicio laboral, se deberá intentar una conciliación ante el Centro de Negociación de Conflictos Individuales de Trabajo en Montevideo o en la Oficina de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) en el resto del país, conforme al domicilio del empleador o al lugar de prestación de servicios.
La solicitud de conciliación debe presentarse por escrito, firmada por el interesado o un apoderado con asistencia letrada, salvo que la reclamación sea por sumas inferiores a 20 unidades reajustables (UR).
Esta solicitud debe detallar los hechos que sustentan el reclamo y el monto correspondiente, y el MTSS regulará su presentación y el procedimiento posterior.

4. Montos y Tipología de Procesos

La legislación establece dos tipos de procesos laborales: ordinarios y de menor cuantía.
A partir de 2025, todos los juicios laborales por montos de hasta $201.000 deberán tramitarse como procesos de menor cuantía, caracterizados por desarrollarse en única instancia (sin posibilidad de apelación) y un plazo de 10 días para contestar la demanda.
Contacto: Dr.
Rodrigo Deleón DELEÓN ABOGADOS Treinta y Tres Orientales 989 - Paysandú Celular: 099 10-33-13 Email: rdleon1370@gmail.
com

Fuente: El Telegrafo

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Jimena Arrieta (04-02-25 20:51):
Esta noticia sobre el reinicio de la actividad judicial no me convence, parece que seguimos con leyes complicadas y procesos lentos. ¿Hasta cuando vamos a seguir con estos trámites engorrosos? Necesitamos algo más ágil y efectivo para solucionar los conflictos laborales de una vez por todas.
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