Ajustes y Desafíos: Las Inspecciones Laborales en América Latina al Descubrir la Realidad del Trabajo

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Ajustes y Desafíos: Las Inspecciones Laborales en América Latina al Descubrir la Realidad del Trabajo

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Desafíos y Transformaciones: La Realidad del Trabajo en América Latina a través de las Inspecciones Laborales

Informe sobre Inspección del Trabajo en América Latina

La Organización Internacional del Trabajo (OIT) ha presentado un informe titulado “El marco normativo internacional de la inspección del trabajo.
Su contribución a los desafíos laborales en América Latina”, elaborado por la especialista Carmen Bueno.
Dada la relevancia de esta temática, se considera pertinente compartir sus principales hallazgos.

1. Origen

El nacimiento de las inspecciones laborales en América Latina está estrechamente relacionado con la creación y desarrollo de los ministerios de trabajo, que surgieron como unidades especializadas y, en ocasiones, descentralizadas geográficamente.
Los primeros antecedentes en la región datan de 1912 con el establecimiento de la inspección laboral en Argentina.
En Uruguay, fue la Ley N°5.350 de 1915 la que, además de limitar la jornada laboral a 8 horas diarias, instauró el primer cuerpo de inspección para asegurar su cumplimiento.

2. Definición

Según el informe mencionado, “aunque las normas internacionales del trabajo de la OIT no ofrecen una definición formal o legal de la inspección del trabajo, podemos entenderla como la parte del sistema de administración del trabajo responsable de supervisar el cumplimiento efectivo de la legislación laboral en los distintos lugares de trabajo”.
Este servicio público debe constituirse como una herramienta fundamental para el control y promoción del cumplimiento de las normas laborales.
A través de la inspección del trabajo, el Estado tiene la capacidad de diseñar, estimular y contribuir al desarrollo de una cultura de cumplimiento que abarque todos los aspectos relacionados con las relaciones laborales, condiciones generales de trabajo, seguridad y salud ocupacional, así como asuntos vinculados al empleo y la seguridad social.

3. Requisitos académicos

La decisión del Mercosur Nº33/06 establece requisitos mínimos para el perfil del inspector del trabajo, indicando que el ingreso a las inspecciones de los países miembros se realizará mediante un concurso público, donde los candidatos deberán, a partir de 2010, contar con un nivel de educación terciaria o universitaria.
Por ejemplo, en Brasil, para postularse como auditor fiscal del trabajo, se exige un diploma de conclusión de nivel superior en cualquier área de formación, emitido por una institución reconocida por el Ministerio de Educación.
En España, los inspectores deben poseer (o estar en condiciones de obtener) un título de doctor, licenciado, ingeniero o arquitecto antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes.
En Perú, para participar en el concurso público de méritos para ingresar al puesto de inspector auxiliar, se requiere un título profesional universitario.
Dr.
Rodrigo Deleón DELEÓN ABOGADOS - 33 Orientales 989 – Paysandú Celular: (099) 10-33-13 E-mail: rdeleon1370@gmail.
com

Fuente: El Telegrafo

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Comentarios:

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María Molina
María Molina (27-10-24 15:42):
Es genial ver que se hable de la importancia de la inspección laboral en Uruguay. Desde 1915 venimos trabajando para garantizar derechos y condiciones dignas. Es clave que sigamos avanzando en esto, no podemos retroceder. Hay que resaltar el rol del Estado en promover el cumplimiento de las normas laborales. Trabajemos todos juntos por un futuro mejor.
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