"El Ministerio de Economía y Finanzas alerta sobre el impacto en los precios al consumidor si no se considera la tara de la balanza al momento de cobrar por productos envasados.
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Recordatorio del MEF sobre el Descuento de Envases en Productos Vendidos
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), a través de la Unidad de Defensa del Consumidor, hace hincapié en la obligatoriedad de descontar el peso del envase en los productos vendidos por peso.Los comerciantes de sectores como panadería, confitería, fábricas de pastas y alimentos a granel deben restar el peso del soporte contenedor – que puede ser una bandeja, caja, recipiente de vidrio, plástico, hojalata, entre otros – para garantizar la correcta medición del producto.
Por ejemplo, al pesar un kilogramo de masas, es preciso descontar el peso de la bandeja, dado que este soporte incurre en un costo distinto al del producto que se vende.
En palabras del MEF: "Si no se descuenta la tara de la balanza, se le está cobrando al consumidor el contenedor al valor del producto contenido, además de proporcionar información inexacta respecto al peso del producto que es efectivamente comercializado.
" Esta disposición está contemplada en el artículo 186 de la Ley de Rendición de Cuentas de 2012, la cual prevé multas para quienes no cumplan con esta normativa y podría considerarse como una práctica abusiva.
Fuente: Subrayado