Lacalle Pou promulga una innovadora ley que transforma la regulación del alojamiento turístico en propiedades, estableciendo un nuevo estándar para el sector.
Promulgación de la Ley Nº 20.352 para Alojamiento Turístico en Uruguay
El presidente Luis Lacalle Pou promulgó el pasado jueves 19 de septiembre la ley Nº 20.352, que establece un marco general para las actividades de alojamiento turístico en inmuebles.En esta ocasión, el primer mandatario estuvo acompañado por los ministros de Economía y Finanzas, Azucena Arbeleche; de Interior, Nicolás Martinelli; de Turismo, Eduardo Sanguinetti; y de Vivienda y Ordenamiento Territorial, Raúl Lozano.
Objetivo de la Ley
El artículo 1º de la nueva normativa tiene como finalidad regular el hospedaje transitorio en condiciones de inmediata ocupación, en el que se ofrezcan uno o más servicios de manera onerosa por parte de sus propietarios, administradores o explotadores.Estos tipos de hospedaje se denominarán “inmuebles de usos turísticos” y podrán incluir pernocte o no, abarcando tanto unidades habitacionales individuales como conjuntos de las mismas, ya sean en edificaciones o en espacios al aire libre.
Además, se consideran como servicios complementarios diferentes opciones que van desde limpieza y atención al turista hasta ofertas gastronómicas, de entretenimiento y traslados.
Obligaciones para Propietarios y Administradores
El artículo 3º establece que los propietarios, administradores o explotadores de los inmuebles de uso turístico deberán presentar una declaración jurada en el Registro de Operadores Turísticos del Ministerio de Turismo.Asimismo, los dueños de estos inmuebles tienen la responsabilidad de mantener actualizado el registro correspondiente y someterse a los controles del ministerio mencionado.
Además, deberán informar periódicamente al Ministerio de Turismo sobre aspectos relevantes como la cantidad de turistas alojados, el número de días en que se prestaron los servicios de alojamiento y cualquier otra información que determine la reglamentación vigente.
En paralelo, los propietarios deberán comunicar al Ministerio del Interior la identidad de los huéspedes, incluyendo nombre, documento de identidad y país de procedencia.
Para tal efecto, se requerirá contar con copia de los documentos de identidad de los ocupantes de la vivienda.
Con esta normativa, el Gobierno busca establecer un marco regulatorio claro y organizado para el crecimiento del turismo en el país, fomentando al mismo tiempo la seguridad y protección tanto de los visitantes como de los operadores turísticos.
Fuente: Correo Punta del Este