Momentos clave para el pago de Fonasa en servicios personales: ¿te lo perdiste?

El diario de la tarde - Uruguay

Momentos clave para el pago de Fonasa en servicios personales: ¿te lo perdiste?

Momentos clave para el pago de Fonasa en servicios personales: ¿te lo perdiste?

Publicada el: - Visitas: 182 - Compartir
Versión para imprimir - Versión en PDF
Comentarios: 0 - haga click aquí para ser primero en realizar un comentario!
Votos: 55 - Puntaje: 4.0

Fechas esenciales para el abono de Fonasa en servicios personales: ¿estás al tanto?

Obligaciones del Fondo Nacional de Salud para Titulares de Servicios Personales

El Fondo Nacional de Salud (Fonasa) establece un sistema de aportes que deben cumplir los titulares de servicios personales, tanto profesionales como no profesionales, que operan fuera de una relación de dependencia a través del Banco de Previsión Social (BPS).

Importancia de la Declaración Jurada

La correcta y oportuna presentación de la declaración jurada, así como el cumplimiento de los pagos mensuales, son fundamentales para mantener el estatus dentro del sistema.
Los contribuyentes pueden obtener información adicional o asistencia contactando al servicio al cliente del BPS, o consultando los recursos disponibles en su sitio web.

Obligaciones Anuales

Los titulares de servicios personales están obligados a presentar una declaración jurada anual correspondiente al año anterior, en este caso, el 2023. Esta responsabilidad abarca a todas las personas físicas residentes que presten servicios personales, ya sea de forma individual o mediante sociedades civiles o de hecho, incluyendo a profesionales afiliados a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios y escribanos de la Caja Notarial de Seguridad Social.

Fechas de Presentación

La presentación se habilitó desde el 5 de febrero de 2024, y los plazos para hacerlo sin incurrir en multas varían según el último dígito del número de empresa: Dígitos 0, 1 y 2: Vencimiento el 19 de abril de 2024. Dígitos 3, 4 y 5: Vencimiento el 26 de abril de 2024. Dígitos 6, 7, 8 y 9: Vencimiento el 3 de mayo de 2024. Es importante destacar que la presentación tardía de la declaración resultará en una multa equivalente a 1 Unidad Reajustable (UR).
A septiembre de 2024, el monto de la UR es de $1.740,23.

Proceso de Presentación

La declaración jurada debe ser presentada de manera electrónica a través del portal del Banco de Previsión Social (BPS).
Para ello, los contribuyentes deben contar con un usuario personal en la plataforma del BPS y haber establecido un domicilio electrónico ante esta institución.
Este proceso digital está diseñado para facilitar la presentación.

Aportes Mensuales

Además de la declaración anual, los titulares deben realizar pagos mensuales anticipados basados en su facturación.
El calendario mensual para los meses restantes de 2024 es el siguiente: Septiembre: 25 Octubre: 25 Noviembre: 25 Diciembre: 23

Fuente: Telenoche

¿Le ha gustado esta noticia?: Recomiendela a un amigo!
Refiera este contenido:
Comentarios:
Este artículo aún no ha recibido comentarios, anímate y sé tu el primero en comentar!
Añadir un comentario
Código de seguridad
(Si no entiende los caracteres de la imagen recargue la página)
Nota: Su email nunca será públicado en este sitio.
Ayudenos a mantener este sitio libre de insultos ó comentarios molestos.