El fiscal revela que el exdirector de la Republicana cedió a un particular un arma importada por el Ministerio del Interior para un propósito determinado.
La Suprema Corte admite recurso de casación en caso de exdirector de la Guardia Republicana
En una decisión por mayoría, la Suprema Corte de Justicia ha resuelto dar lugar al pedido de casación presentado por la Fiscalía en la causa que investiga al exdirector de la Guardia Republicana y exjefe de Policía de Colonia, Rovert Yroa.Este avance judicial implica que Yroa enfrentará un juicio ante las acusaciones que pesan en su contra.
El exjerarca es objeto de una investigación por tráfico interno de armas.
En febrero de 2024, fue imputado por el fiscal de Delitos Económicos y Complejos, Gilberto Rodríguez.
En junio del mismo año, un tribunal había decidido sobreseer a Yroa tras la apelación presentada por su defensa.
Sin embargo, el fiscal interpusó un recurso de casación, lo que llevó a que Yroa recupere su condición de imputado.
La investigación de la Fiscalía ha concluido que Yroa entregó un arma, importada por el Ministerio del Interior para un fin específico, a un particular.
En la sentencia emitida por la Corte se señala: "A juicio de quienes concurren a conformar la mayoría, asiste razón a la Fiscalía y, en el caso, la atipicidad o no de la conducta deberá ser debatida en el marco del juicio oral a la luz de la prueba que fuere admitida por la Sra.
Juez de garantías".
Además, se menciona que al evacuar el traslado de la acusación, la defensa ha reconocido tener el arma en cuestión en su poder y haberla vendido en 2016, centrándose la controversia en la autorización requerida por el imputado y las normas legales vigentes en ese momento.
Por otro lado, los fiscales que no respaldaron la sentencia argumentaron que "desde nuestro punto de vista, identificar cuál fue la contravención administrativa o la autorización requerida en la enajenación del arma se trata de un elemento esencial de la acusación en el caso concreto.
Esta alegación no puede integrar el objeto de la prueba; en todo caso, será un hecho a probar si el imputado cumplió o no con el trámite requerido".
Fuente: Subrayado