La Justicia ha declarado el concurso de Pablo Carrasco debido a la falta de pago en el arrendamiento de campos vinculados a Hernandarias Xiii

El diario de la tarde - Uruguay

La Justicia ha declarado el concurso de Pablo Carrasco debido a la falta de pago en el arrendamiento de campos vinculados a Hernandarias Xiii

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La Justicia confirma la insolvencia de Carrasco y lo designa como "órgano concursal" tras asumir obligaciones a título personal.

Concurso de Pablo Carrasco por Deuda en Arrendamiento

La Justicia uruguaya ha declarado el concurso de Pablo Carrasco, uno de los socios de la empresa Conexión Ganadera.
Esta decisión se produce como resultado de una deuda relacionada con el arrendamiento de campos para la empresa Hernandarias XIII y la incapacidad de Carrasco para hacer frente a esta obligación financiera.
La solicitud de concurso fue presentada por los abogados de tres arrendadores de los campos en cuestión.
Es importante destacar que la declaración de concurso afecta a Carrasco a título personal y no a la empresa, ya que, según señala la resolución, "Carrasco asumió obligaciones a título personal", permitiendo así que se le designe como "órgano concursal".
Desde el 17 de febrero de 2025, Carrasco tiene un embargo que asciende a U$S 250.000.000. A pesar de este embargo, se opuso a la solicitud de declaración de concurso necesario.
En este contexto, no ofreció abonar la deuda que le corresponde como fiador de Hernandarias XIII S.
A.
G.
R.
L.
, ni solicitó un levantamiento parcial del embargo genérico que pesa sobre él.
Según la sentencia, "esta situación no habría significado una vulneración del tratamiento de los acreedores del concurso, puesto que no se había decretado aún concurso respecto del Sr.
Pablo Carrasco persona física empresaria y comerciante".
Además, se menciona que Carrasco no disputó ser deudor por los arrendamientos reclamados, limitándose a presentar defensas de carácter formal ante la solicitud de concurso.
La resolución judicial concluye que "la actitud asumida por el Sr.
Carrasco resulta demostrativa, en forma inequívoca, de su imposibilidad para cumplir con sus obligaciones en el corto plazo, lo que determina su estado de insolvencia y, por ende, hace admisible la solicitud de concurso necesario de su persona deducida por los acreedores instantes".

Fuente: Subrayado

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Jesús Velázquez (26-04-25 23:26):
Es una lástima ver cómo algunos empresarios terminan en estas situaciones. La verdad que el manejo de las deudas tiene que ser más responsable, sobre todo para quienes tienen tanta influencia en el sector ganadero. Esperemos que esto sirva de ejemplo y se puedan encontrar soluciones para todos los involucrados.
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