Conflicto legal en Uruguay: la Asociación Civil Redes Amigos de la Tierra denuncia al Ministerio de Ambiente y OSE por la licitación de una nueva planta potabilizadora.
Rechazo de Nulidad por el Tribunal de lo Contencioso Administrativo
El Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA) ha desestimado la acción de nulidad presentada por la Asociación Civil Redes Amigos de la Tierra Uruguay en contra del Ministerio de Ambiente y OSE, relacionada con el proyecto Arazatí.Antecedentes del Caso
El 4 de septiembre de 2023, Pablo Galeano Giménez y Viviana Paola Barreto Menini, en representación de la mencionada asociación, interpusieron una demanda de nulidad contra el acto administrativo que dio inicio al proceso de licitación pública para la construcción de una planta potabilizadora de agua en Arazatí, ubicado en el departamento de San José.Los demandantes argumentaron que, con la Resolución N°1144/2022, se inició el trámite para la construcción de la planta sin realizar la consulta a los interesados, lo que, según ellos, contraviene normas legales y constitucionales.
Además, alegaron que dicho acto no fue publicado en el Diario Oficial, siendo visible recién tras la publicación del llamado a licitación el 7 de marzo de 2023.
Desarrollo del Proceso
El 16 de marzo de 2023, los demandantes presentaron los recursos pertinentes para agotar la vía administrativa.Sin embargo, el abogado de OSE, Rogelio Riviezzo, expresó el 25 de octubre de 2023 que "la vía administrativa no se agotó debidamente", señalando que la impugnación fue presentada fuera de plazo, ya que la resolución había sido publicada entre el 27 y 31 de enero de 2023. En respuesta, el Ministerio de Ambiente, a través de sus abogadas Catherine Colombo y Claudia Cardona, aseguró que la resolución correspondiente había sido notificada de manera personal a la actora el 21 de diciembre de 2022 durante una reunión en el Consejo Regional de Recursos Hídricos del Río de la Plata y Frente Marítimo.
Pronunciamiento del TCA
El 6 de marzo de 2024, las empresas CIEMSA, SACEEM, Berkes S.A.
y Fast Ltda.
, parte del consorcio Aguas de Montevideo, respaldaron la postura de OSE y del Ministerio de Ambiente.
Tras analizar las evidencias, el TCA resolvió que los demandantes "no le asiste razón" respecto a la falta de publicación de la resolución, ya que esta efectivamente fue divulgada en el Diario Oficial en las fechas mencionadas.
Finalmente, el tribunal concluyó que la presentación de los recursos administrativos el 16 de marzo de 2023 fue "absolutamente extemporánea", lo que significó que la vía administrativa no había sido adecuadamente agotada, de acuerdo con lo establecido en el artículo 4 del Decreto Ley 15.869. Esta decisión fue dictada por los ministros William Corujo, Rosina Rossi y Ángel Cal.
Fuente: Subrayado