El Tribunal de Apelaciones Penal de 4º turno, integrado por los ministros Luis Charles, Gabriela Merialdo y Adriana de los Santos, decidió de manera unánime revocar la resolución que otorgaba la prisión domiciliaria y el uso de tobillera a un imputado.
Revocación de Estatus de Prisión Domiciliaria para Imputados por Delitos Sexuales
Los ministros del Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 4º turno, Luis Charles, Gabriela Merialdo y Adriana de los Santos, han decidido respaldar los argumentos presentados por la fiscal de Delitos Sexuales, Alicia Ghione, en relación al fallo de primera instancia emitido por la jueza Marcela Vargas.Este fallo permitía que el exsenador Gustavo Penadés y el profesor Sebastián Mauvezín cumplieran su prisión preventiva en régimen de domicilio total con colocación de tobillera electrónica.
Argumentos del Tribunal
El tribunal señala que "emerge que tanto el peligro de entorpecimiento de la investigación, como el riesgo para la seguridad de las víctimas y el peligro de fuga, existieron con una fuerte potencialidad", indicando que estos riesgos mantienen su vigencia incluso a lo largo del tiempo que ha insumido la investigación formalizada.La justicia argumenta que el riesgo de obstrucción permanece intacto desde el momento en que ambos imputados fueron vinculados al proceso, resaltando la gravedad de las supuestas conductas ilícitas atribuidas a ellos.
Contexto sobre Gustavo Penadés
Se destaca que Gustavo Carlos Penadés Etchebarne fue reformalizado por múltiples supuestos delitos.Aunque ya no ostente un cargo público, el tribunal aclara que conserva "un poder de hecho" que podría facilitarle el acceso a personas influyentes.
El fallo menciona que Penadés habría desarrollado estrategias para identificar a las víctimas involucradas, buscando eventualmente amedrentarlas y torcer sus declaraciones.
Riesgos Asociados a Sebastián Mauvezín
Respecto a Sebastián Nicolás Mauvezín Recoba, el tribunal advierte que su conocimiento sobre las víctimas podría permitirle intentar contactarlas nuevamente con el fin de obstaculizar la investigación.Decisión del Tribunal
Los ministros concluyen que, a pesar de las medidas cautelares implementadas, el peligro de obstrucción permanece y podría incrementarse si la prisión preventiva es reemplazada.Además, se enfatiza que la prisión domiciliaria total no sería suficiente para evitar que los imputados pudieran recibir visitas y continuar con estrategias desleales.
Finalmente, el tribunal determina que "tanto Gustavo Carlos Penadés Etchebarne como Sebastián Nicolás Mauvezín Recoba podrían intentar poner en peligro a las víctimas".
En virtud de esto, la prisión preventiva se prorroga y se mantendrá hasta el 10 de junio de 2025 a la hora 20.
Fuente: Subrayado