Aumento del 25% en las tarifas aeroportuarias de Laguna del Sauce: Implicancias para los pasajeros.
Aumento en Tarifas Aeronáuticas en el Aeropuerto de Laguna del Sauce
El presidente de la República, Luis Lacalle Pou, recientemente aprobó un nuevo esquema tarifario propuesto por Consorcios Aeropuertos Internacionales Sociedad Anónima para las aeronaves que operan en el Aeropuerto “Capitán de Corbeta Carlos Curbelo” de Laguna del Sauce.Este ajuste implica un aumento del 25% en dólares estadounidenses en comparación con lo registrado durante el año 2023. La decisión fue tomada el pasado 30 de setiembre en conjunto con los ministros de Defensa Nacional, Armando Irineo Castaingdebat; de Economía y Finanzas, Azucena Arbeleche; y de Transporte y Obras Públicas, José Luis Falero.
El ajuste tarifario se basa en el contrato de concesión firmado entre el Estado y la firma concesionaria el 9 de diciembre de 1993. La Cláusula 16° del mencionado contrato estipula que cualquier modificación en las tarifas por concepto de servicios aeroportuarios debe ser aprobada mediante Decreto del Poder Ejecutivo.
Nuevas Tarifas Aeronáuticas
El cuadro tarifario contempla un efecto retroactivo desde marzo pasado.A continuación, se detallan las nuevas tarifas por aterrizaje según el peso de las aeronaves: Aeronave de hasta 10 toneladas: antes 92 dólares, ahora 115 dólares.
Aeronave de entre 10 y 30 toneladas: antes 397 dólares, ahora 498 dólares.
Aeronave de entre 30 y 70 toneladas: antes 591 dólares, ahora 741 dólares.
Aeronave de entre 70 y 170 toneladas: antes 887 dólares, ahora 1.112 dólares.
Aeronave de más de 170 toneladas: antes 1.138 dólares, ahora 1.426 dólares.
En cuanto a las tasas de embarque, para vuelos internacionales se incrementó de 31 a 39 dólares, mientras que para vuelos nacionales pasó de 3 a 4 dólares.
Los costos de los servicios de rampa para aterrizajes también experimentaron cambios significativos, como se detalla a continuación: Aeronaves de hasta 10 toneladas: de 457 dólares a 573 dólares.
Aeronaves de tráfico comercial de más de 70 toneladas: de 2.665 dólares a 3.340 dólares.
Libertades Aéreas
Las libertades aéreas, que regulan los derechos de operación de las aerolíneas, se clasifican de la siguiente manera: Primera Libertad: Derecho de paso inocente.Segunda Libertad: Derecho de parada técnica.
Tercera Libertad: Derecho a operar servicios desde el país de origen a otro país.
Cuarta Libertad: Derecho a operar servicios desde otro país al país de origen.
Quinta Libertad: Derecho a operar servicios entre dos países extranjeros.
Autorizaciones para Nuevas Rutas
Además de las modificaciones tarifarias, el mandatario también autorizó a la empresa peruana “Sky Airline Perú S.A.
C.
” a operar servicios de transporte aéreo regular internacional en la ruta Lima – Montevideo – Florianópolis con hasta siete frecuencias semanales, incluyendo derechos de quinta libertad.
Esta resolución se enmarca dentro de la Resolución de la Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica N° 649/2023, emitida el 24 de noviembre de 2023. Asimismo, la empresa dominicana “Arajet S.
A.
” recibió autorización para operar la ruta Santo Domingo – Montevideo – Santo Domingo, también con hasta siete frecuencias semanales, según la Resolución N° 572/2023, dictada el 17 de octubre de 2023. Ambas autorizaciones fueron ratificadas el 30 de setiembre por el presidente Lacalle Pou y sus ministros correspondientes.
Fuente: Correo Punta del Este