El Código Penal incorpora la figura del enriquecimiento ilícito como delito.
Promulgación de la Ley Nº 20.347 sobre Enriquecimiento Ilícito
El presidente de la República, Luis Lacalle Pou, junto al ministro de Educación y Cultura, Pablo Da Silveira, llevó a cabo la promulgación de la Ley Nº 20.347 el pasado jueves 19 de setiembre.Esta nueva normativa incorpora al Código Penal el delito de enriquecimiento ilícito.
Contenido de la Ley
El artículo 1º de la ley establece el siguiente texto: Artículo 159 bis (enriquecimiento ilícito): El funcionario público que tenga la obligación moral de presentar declaración jurada de bienes e ingresos, que obtenga indebidamente un incremento patrimonial significativo e injustificado, ya sea para su beneficio o el de terceros, durante el ejercicio de su cargo, incluso hasta dos años después de haber cesado en su desempeño, será penalizado.La pena podrá oscilar entre dieciocho meses y seis años de penitenciaría, además de una multa de 50 Unidades Reajustables a 15 mil Unidades Reajustables, y la inhabilitación de dos a cinco años.
Esta legislación busca fortalecer la transparencia y la ética en la función pública, sancionando de manera efectiva el uso indebido de los recursos del Estado.
Fuente: Correo Punta del Este