El sueldo del intendente: un examen de su repercusión en la administración local
Rebaja Salarial del Intendente de Cerro Largo: Un Análisis Legal
En los últimos días de octubre, el Intendente de Cerro Largo, José Yurramendi, anunció su decisión de implementar una rebaja salarial para él y los titulares de cargos de confianza dentro de su administración.Esta medida busca abordar el déficit y la falta de liquidez en la Administración Departamental, y se complementaría con la suspensión del pago de horas extras y un ajuste en los "rendimientos".
Además, se promovería el retiro de funcionarios que ya cuentan con causal jubilatoria.
A través de estas iniciativas, se espera generar un ahorro aproximado de $15.000.000 en un período de tres meses.
Inconstitucionalidad de la Medida
No obstante, surge una inquietud legal: la Constitución de la República prohíbe modificaciones en el salario de los Intendentes durante su mandato.Este aspecto fue abordado en un artículo de la Revista de Derecho Público en 2002, donde se discutió la imposibilidad de alterar la retribución de los titulares de cargos electivos.
La normativa estipula claramente que la retribución económica de figuras como el Presidente, Vicepresidente, Senadores, Representantes Nacionales y los Intendentes, queda fijada de manera que no podrá ser modificada durante los cinco años de su mandato.
Marco Normativo
Según el artículo 295 inciso 2º de la Constitución, se establece que: Los Intendentes percibirán la remuneración fijada por la Junta Departamental antes de su elección.El monto de dicha retribución no puede ser alterado durante el período de su mandato.
Implicaciones para la Intendencia
En consecuencia, el Intendente Yurramendi está imposibilitado para rebajarse el sueldo, y cualquier intento por parte de la Junta Departamental de modificarlo violaría la Constitución.En relación a los salarios de los titulares de cargos de confianza política, que fueron establecidos en el presupuesto departamental, estos solo pueden ser modificados en un proyecto de rendición de cuentas.
Dado que esta rendición se presentó antes del 30 de junio, tampoco es posible realizar cambios ahora.
Otras Medidas Propuestas
Respecto a las otras medidas anunciadas por Yurramendi, es importante señalar que, en lo que respecta a las horas extras, la única opción viable sería reducir el número de funcionarios asignados a esas tareas, puesto que, si se llevan a cabo, deben ser remuneradas.En cuanto al rendimiento, la situación es similar.
Por otro lado, para aquellos funcionarios elegibles para la jubilación, generalmente se implementan sistemas de incentivos para el retiro voluntario.
Reflexión Final
Aunque han transcurrido algunos días desde que el Intendente Yurramendi realizó estas declaraciones, no se ha verificado si las medidas han sido efectivamente concretadas.Sin embargo, resulta fundamental abordar este tema desde una perspectiva jurídica, dadas las implicaciones que podría tener sobre la gestión pública y el respeto a las normas constitucionales.
Fuente: Diariocambio