Todo lo que necesitas saber para acceder al subsidio especial de inactividad compensada en Salto
Subsidio Especial de Inactividad Compensada (SEIC)
El Subsidio Especial de Inactividad Compensada (SEIC) es una prestación destinada a aquellas personas que, habiendo perdido su empleo por causas ajenas a su voluntad, no pueden acceder a la jubilación debido a la falta de edad o años de servicio.Este subsidio tiene un carácter temporal y se otorga por un período máximo de dos años, o hasta que el beneficiario cumpla con los requisitos para jubilarse o retirarse, en caso de que esto ocurra antes del plazo establecido.
Condiciones Requeridas
Tener al menos 28 años de trabajo registrados en el Banco de Previsión Social (BPS).La edad requerida varía según el año de nacimiento: Nacidos hasta 1972: 58 años de edad.
Nacidos en 1973: 59 años de edad.
Nacidos en 1974: 60 años de edad.
Nacidos en 1975: 61 años de edad.
Nacidos en 1976: 62 años de edad.
Nacidos en 1977 en adelante: 63 años de edad.
Haber permanecido en el país en situación de desocupación no voluntaria (que no se derive de razones disciplinarias) durante un período igual o mayor a un año desde el cese laboral.
No tener derecho a otras prestaciones ni ingresos, salvo pensiones de sobrevivencia.
Monto a Percibir
El monto asignado por el Subsidio Especial de Inactividad Compensada será equivalente al 40% del promedio mensual de las remuneraciones nominales percibidas en los seis meses de trabajo efectivo anteriores al cese.Este monto no podrá ser inferior a 1 BPC (alrededor de $ 6.576,00) ni superior a 8 BPC (aproximadamente $ 52.608,00), valor vigente al momento de inicio de la prestación.
Es importante tener en cuenta que, dos meses antes de finalizar este subsidio, los beneficiarios deberán concurrir al BPS para solicitar su jubilación.
Fuente: Diario Cambio