"Hoy, al votar esta iniciativa, estamos ofreciendo una respuesta esperada por más de 23.000 familias que han soportado la incertidumbre durante demasiado tiempo", afirmó la diputada nacionalista, Carmen Tort.
Aprobación de Modificaciones a la Ley de Beneficios para Deudores Hipotecarios
La Cámara de Diputados del Uruguay aprobó el pasado lunes las modificaciones a la ley que otorga beneficios a los deudores hipotecarios en Unidades Reajustables (UR).La diputada del Partido Nacional, Carmen Tort, destacó la importancia de haber alcanzado esta solución durante la última sesión de la Cámara de Representantes en lo que respecta a la actual Legislatura.
“Con esto que votamos hoy, realmente estamos dando solución a más de 23.000 familias que han vivido la angustia hace mucho tiempo”, afirmó.
Tort mencionó que tras la aprobación de la ley 20.237 el 22 de diciembre de 2023, se realizaron notificacions por parte del Banco Hipotecario del Uruguay (BHU) y de la Agencia Nacional de Vivienda (ANV) a los deudores.
“Tener esta votación y este resultado nos llena de alegría, de satisfacción y de paz, de saber que hicimos las cosas que teníamos que hacer”, agregó la legisladora nacionalista.
Además, abogó por la creación de leyes que se implementen efectivamente y que contribuyan al bienestar de la población.
Por su parte, los deudores expresaron su emoción y felicidad ante la aprobación de la ley, después de un prolongado proceso de 12 años.
En una entrevista con Subrayado, manifestaron sentirse “rehenes de la unidad reajustable”.
Respecto a la ley aprobada en diciembre de 2023, señalaron que tenía cláusulas que la hacían inaplicable, y resaltaron que las modificaciones eran de “estricta justicia” y “tan necesarias”.
Entre las modificaciones, se destaca el cambio en la fecha utilizada para el pago de impuestos nacionales y departamentales.
La ley original fijaba como fecha de referencia diciembre de 2023 para regularizar la situación, sin embargo, los deudores solicitaron un año adicional para cumplir con los pagos, plazo que el gobierno había requerido previamente para la creación del fideicomiso y la reglamentación de la ley.
Otra modificación relevante es que se excluyen ciertos rubros como seña, ahorro previo y pozo del tope de 80.000 dólares establecido para los créditos originales que pueden acogerse a la ley, dado que estos gastos fueron realizados con recursos propios y no con fondos del BHU.
Finalmente, se determinó que aquellos deudores que hayan abonado el 35% del crédito original pueden acceder a los beneficios de la ley.
Conclusión
Las modificaciones aprobadas representan un avance significativo en la búsqueda de soluciones para miles de familias uruguayas afectadas por la situación financiera relacionada con los créditos hipotecarios en Unidades Reajustables.Fuente: Subrayado