Se avecinan las oportunidades finales para que las personas de entre 40 y 49 años tomen decisiones determinantes sobre su futuro en la jubilación.
Plazo para Aportes bajo Régimen Mixto de AFAP y BPS Finaliza el 30 de Junio
El próximo viernes 30 de junio se cierra el plazo para que las personas de entre 40 y 49 años decidan si continuarán con sus aportes bajo el régimen mixto que combina una Administradora de Fondos de Ahorro Previsional (AFAP) y el Banco de Previsión Social (BPS).Este grupo, que optó de manera voluntaria por la distribución de sus aportes, se ampara en el artículo 8 de la Ley 16.713. Después de recibir asesoramiento del BPS, contaron con un periodo de 90 días para tomar su decisión, el cual vencerá la próxima semana.
Ricardo Amoa, asesor en seguridad social, destacó que la revocación de este artículo aplica exclusivamente a quienes no hayan obtenido una jubilación bajo el régimen mixto y que efectuaron sus aportes sin estar obligados.
“Para estar obligados al régimen, al iniciar la vigencia de esta ley el 1º de abril de 1996, la persona debía tener menos de 40 años y percibir, en ese entonces, más de $5.000. Actualmente, este tope se encuentra en $85.607”, explicó en diálogo con EL TELEGRAFO.
Entre las obligaciones que deben cumplir, se incluye la configuración de la causal jubilatoria antes del año 2043, un requisito que rige desde el 1º de diciembre de 2023, y no haber recibido asesoramiento previo en las dos instancias anteriores.
Amoa aclaró que “la revocación no significa la desafiliación de la AFAP; los aportes se destinarán a esta entidad cuando el salario supere los $85.607. Mientras no alcance dicho monto, todo el aporte irá al BPS”.
Es importante recordar que el plazo finaliza el viernes 30, último día hábil del mes.
Antes de esa fecha, los interesados deberán realizar la reserva del derecho para recibir asesoramiento.
Desde el BPS, se establece que el periodo para tomar una decisión es de 90 días tras recibir el asesoramiento obligatorio, conforme a la Ley No.
19.162. “Durante el asesoramiento, que es mandatorio por ley, se simulan las futuras jubilaciones tanto del BPS como de la AFAP, aplicando el artículo 8 y sin este artículo, teniendo en cuenta datos como edad, sexo, número de hijos y antecedentes laborales en el BPS”, añadió Amoa.
Los beneficios estimados abarcan la jubilación común por edad y años de trabajo, así como la jubilación por edad avanzada, aunque no incluyen jubilaciones por discapacidad.
Es importante destacar que el sueldo básico jubilatorio se calcula tomando en cuenta los salarios registrados en la base de datos del BPS hasta la fecha del asesoramiento; además, se aclara que las proyecciones son estimativas y no vinculantes.
Amoa brinda asesoramiento sobre diversas prestaciones del BPS, sin realizar trámites, los jueves de 10 a 12 horas en el local de la Federación de Funcionarios de Salud Pública, ubicado en Monte Caseros 638, frente a la plaza de deportes, de manera gratuita.
Fuente: El Telégrafo